Como gestionar las subvenciones de energias renovables
Nos animamos a escribir este post debido a la gran cantidad de preguntas y cuestiones que nos plantean nuestros clientes, como el tipo de documentación, plazos, tiempos de espera, qué hacer y como hacerlo.
Esperamos ser claros….
Las ayudas a energías renovable
s son una subvenciones que se tramitan a través de la CCAA pertinente y que suelen salir (depende de la comunidad) anualmente. Por ejemplo, en el caso de Andalucía son órdenes de 3 o 4 años.
Para centrar el asunto proponemos hablar sobre las ayudas a renovables presentadas por la Comunidad de Madrid en el 2010.
Este tipo de ayudas se publican en los boletines oficiales de cada comunidad, en nuestro caso en el BOCM, siendo la Orden del 11 de junio de 2010.
¿A quien va dirigida esta subvención?
- Corporaciones locales y entidades públicas , es decir, ayuntamientos, por ejemplo.
- Instituciones sin ánimo de lucro, es decir, fundaciones.
- Comunidades de propietarios, es decir, comunidades de vecinos, por ejemplo.
- Empresas
- Autónomos y personas.
¿Qué documentos tendremos que aportar?
Aquí podemos hacer dos grupos:
- Las que nosotros gestionamos por usted
- Declaración responsable de estar al corriente con la Agencia Tributaria (es un modelo que le proporcionamos para que usted firme)
- Declaración de ayudas concurrentes (otro modelo para que lo firma, aquí se declara que nos está solicitando la misma ayuda por diferentes cauces o que la esté duplicando)
- Declaración de no estar incurso en causa que impida la obtención de la subvención (otro modelo, que usted no tiene ningún problema con la justicia, por ejemplo, o que le deba dinero a la administración pública)
- En el caso de particulares, una declaración de exención del IAE (un modelo a firmar)
- Memoria técnica del proyecto a instalar
- Presupuesto desglosado
- Inversiones, cronograma y viabilidad económica financiera (solo para presupuestos mayores de 300.000 €)
- Las que le pediremos a usted:
- Fotocopia del DNI
- En el caso de instalaciones solar térmica, el IBI.
- Certificado negativo de la agencia tributaria
- Certificado positivo de la Seguridad Social (modelo “subvenciones”
¿Plazo?
Las ayudas en la CAM suelen salir en época estival, tenemos un mes para presentar esta documentación en el registro de la dirección general de Industria.
Los criterios de valoración de las solicitudes presentadas:
El procedimiento es por “concurrencia competitiva” , es decir, se valoran todos los expedientes respecto de unos criterios prefijados, ¿cuáles son estos criterios?
- 10 puntos por la integración de la instalación en el entorno y en las edificaciones, es un criterio generalista.
- Criterios particulares:
- Solar térmica, fotovoltáica y minieólica: ratio energía producida/coste de la inversión (10 puntos)
- Biomas y geotermia: ratio potencia instalada/inversión realizada (10 puntos)
Para homogeneizar las puntuaciones de los diferentes proyectos y poder compararlos, la puntuación se establecerá por porcentajes, la puntuación obtenida/la puntuación total que podía haber obtenido. En caso de empate, será primero el que primero esté en el registro.
A partir de aquí, las diferentes solicitudes se colocan en una lista por orden y se cuantifica. Se enfrenta con el presupuesto total asignado ese año a las ayudas a energías renovables y hasta donde llegue ha llegado. Se ha dado el caso de siendo una instalación subvencionable se ha quedado fuera de cupo.
Periodo de ejecución: es el periodo de tiempo donde la instalación ha sido realizada, probada y cobrada.
Plazo de justificación: una vez aprobada nuestra solicitud en tiempo y forma, llega el tiempo de justificarla económicamente, es decir, tenemos que presentar las facturas originales o copias compulsadas así como justificantes bancarios de pagos y abonos y un justificante emitido por la entidad financiera de titularidad de la cuenta corriente donde se abonará la ayuda. En este punto puede que nos pidan visitar la instalación y comprobar fehacientemente la concordancia entre el presupuesto entregado y lo instalado realmente.
Una vez aprobado todo, pasa a tesorería y a esperar el pago. Este suele tardar entre 6 y 12 meses.
Como pueden comprobar es un proceso largo y tedioso que nosotros como empresa incluimos de manera gratuita en todas nuestras instalaciones.
¡¡¡¡¡Contacte con nosotros e infórmese!!!!!

